La “Banda de los fleteros” fue condenada por asociación ilícita

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En el marco de la investigación que llevó a cabo el Fiscal Mauricio Del Cero, responsable de la UFIJ N°18, la Jueza Daniela Castaño – integrante del Tribunal Criminal N° 3 – condenó a los cinco integrantes de la banda de los fleteros, por conformar una asociación ilícita destinada a cometer diversos delitos.


En el marco de la investigación que llevó a cabo el Fiscal Mauricio Del Cero, responsable de la UFIJ N°18, la Jueza Daniela Castaño – integrante del Tribunal Criminal N° 3 – condenó a los cinco integrantes de la banda de los fleteros, por conformar una asociación ilícita destinada a cometer diversos delitos.

Según el fallo, se condena a Martin Mariano Llafar como autor penalmente responsable del delito de asociación ilícita – en carácter de jefe- , coautor de coacción en 6 hechos, coautor de daño en grado de tentativa, coautor de daño en 2 hechos, coautor de daño agravado en 2 hechos y autor de portación de arma atenuada sin la debida autorización legal, todo en concurso real de delitos, a la pena de 6 años y 6 meses de prisión.

A Mario Raúl Aguiar como coautor penalmente responsable del delito de asociación ilícita, coautor y autor de coacción en 5 hechos, coautor de daño, autor de tenencia ilegal de arma de uso civil, todo en concurso real de delitos, a la pena de 5 años y 6 meses de prisión.

A Carlos Rodrigo Ciucci como coautor penalmente responsable del delito de asociación ilícita, coautor de daño en tentativa, coautor de coacción en 2 hechos, coautor de daño en 2 hechos daño agravado en 2 hechos en calidad de coautor, todo en concurso real de delitos, a la pena de 4 años y 6 meses de prisión.  

A Pablo Andrés Halberg como coautor penalmente responsable del delito de asociación ilícita, coautor de coacción en 2 hechos, coautor de daño, coautor de daño agravado en 2 hechos, todo en concurso real, a la pena de 4 años y 6 meses de prisión.

A Salvador Florentino Quel como coautor penalmente responsable del delito de Asociación Ilícita, a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, imponiendo reglas de conducta que deberá cumplir por el término de tres años.

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