Las autoridades españolas explicaron lo que debe saber un viajero que desea ingresar al país europeo, y las restricciones que debe tener cuenta.
España cambió los requisitos para las personas que viajen desde Colombia y Perú, quienes desde ahora deberán hacer una cuarentena obligatoria de 10 días a su llegada al país europeo. El ministerio de Sanidad informó que la medida busca “frenar la propagación de las nuevas variantes de covid-19″.
El pasado 22 de febrero, el gobierno español impuso restricciones a los viajeros procedentes de Brasil, Sudáfrica, Botsuana, Comoras, Ghana, Kenia, Mozambique, Tanzania, Zambia y Zimbabue. Y a esta ahora se le suman Colombia y Perú con la cuarentena obligatoria.
Sin embargo, las autoridades sanitarias dijeron que este periodo podría reducirse de 10 a 7 días. “En caso de que una vez finalizada la cuarentena inicial de una semana, se aporte una RT-PCR negativa u otras pruebas basadas en técnicas moleculares equivalentes o test de antígenos que tengan un rendimiento mínimo igual o superior al 90% de sensibilidad e igual o superior al 97% de especificidad”.
Qué países están exentos de las medidas restrictivas
Además de la cuarentena obligatoria que afecta a algunos, ningún país en América Latina tiene asegurado un libre ingreso a España.
“Pueden entrar en España sin restricciones, los residentes (sin importar su nacionalidad) en Australia, Nueva Zelandia, Ruanda, Singapur, Corea del Sur, Tailandia y China”, informó la Oficina de Información Diplomática del Ministerio de Asuntos Exteriores de España a CNN.
De acuerdo con información de las autoridades españolas, las restricciones de entrada que entraron en vigencia recientemente se encuentran reguladas en la Orden INT/657/2020, del 17 de julio. Estas medidas fueron prorrogadas hasta el 31 de marzo de 2021.
Qué países tienen prohibiciones de vuelos
El ministerio de Asuntos Exteriores informó: “No pueden entrar en España los residentes en Reino Unido, Sudáfrica ni Brasil ya que están prohibidos los vuelos desde esos países a España en virtud de la Orden PCM/164/2021, del 24 de febrero”.
“Únicamente pueden entrar desde Reino Unido, Sudáfrica y Brasil: españoles y residentes en España/Andorra”, añadió el ministerio. Y estas personas deberán hacer una cuarentena de 10 días tras su llegada.
Quiénes pueden ingresar a España desde Estados Unidos y América Latina
“Los residentes en el resto de terceros países (y, por tanto, en América Latina y EEUU) pueden entrar únicamente en España si pertenecen a alguna de las categorías del artículo 1 de la Orden 657/2020, previa autorización de entrada tramitada a través del Consulado de España pertinente, del país de residencia”, dijo un funcionario español a CNN.
La página web del Ministerio de Asuntos Exteriores informa que las categorías exentas son:
a) Residentes habituales en la Unión Europea, Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano (Santa Sede) o San Marino que se dirijan a ese país, acreditándolo documentalmente.
b) Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen que se dirijan a ese país.
c) Profesionales de la salud, incluidos investigadores sanitarios, y profesionales del cuidado de mayores que se dirijan o regresen de ejercer su actividad laboral.
d) Personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.
e) Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.
f) Estudiantes que realicen sus estudios en los Estados miembros o Estados asociados Schengen y que dispongan del correspondiente permiso o visado y seguro médico, siempre que se dirijan al país donde cursan sus estudios, y que la entrada se produzca durante el curso académico o los 15 días previos.
g) Trabajadores altamente cualificados cuya labor sea necesaria y no pueda ser pospuesta o realizada a distancia, incluyendo los participantes en pruebas deportivas de alto nivel que tengan lugar en España. Estas circunstancias se deberán justificar documentalmente.
h) Personas que viajen por motivos familiares imperativos debidamente acreditados.
i) Personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios.
Qué pasa con los familiares de ciudadanos de la Unión Europea
De acuerdo con las autoridades españolas, las excepciones relativas a familiares de un ciudadano de la Unión Europea forman parte del régimen de reagrupación familiar y no están sujetos a restricciones.
“Desde julio de 2020, a los ciudadanos de la UE y a sus familiares se les aplica el Real Decreto 240/2007 sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, sin restricciones de entrada”, explicó a CNN.
“Para no tener problemas con las aerolíneas, los Consulados incluyen en sus páginas webs a los familiares de comunitarios a los que se les aplica el RD 240/2007, junto con las categorías exentas de la Orden 657/2020, para recapitular la información, pero se trata de dos regímenes distintos”, añadió.
Qué medidas sanitarias exige España a quienes ingresen al país
El viajero que tenga permitida la entrada a España debe completar y firmar un formulario de salud exigido por las autoridades del país europeo.
Además de esto, la personas debe presentar los resultados de la prueba prueba PCR o TMA de COVID-19 negativa, la cual se debe realizar 72 horas antes de llegar a España.