Condenaron al policía Luis Chocobar a 2 años de prisión y cinco años de inhabilitación pero no irá a la cárcel

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El Tribunal Oral de Menores 2 de Capital Federal consideró que el agente de la Bonaerense fue culpable de un homicidio agravado en exceso del cumplimiento del deber. 


Después de siete meses de juicio, y a dos años y medio del episodio que lo volvió una figura pública, el policía bonaerense Luis Oscar Chocobar, de 34 años, fue condenado a 2 años de prisión y cinco de inhabilitación para ejercer como funcionario público por haber matado al joven Juan Pablo Kukoc (18) en una secuencia que se originó en la mañana del 8 de diciembre de 2017 cuando el adolescente asesinado robó y acuchilló junto a un cómplice a un turista estadounidense en el barrio de La Boca.

El Tribunal Oral de Menores 2 de Capital Federal siguió la senda de la imputación de la fiscal Susana Pernas, quien había pedido tres años de prisión en suspenso y seis de inhabilitación para trabajar como policía, por considerar a Chocobar autor del delito de homicidio agravado en exceso del cumplimiento del deber. Al ser una pena menor de tres años y un día, la prisión queda en suspenso y el agente bonaerense -que nunca estuvo detenido por el hecho- no irá a la cárcel, excepto que en el transcurso de este tiempo tenga otro problema con la ley.

Los argumentos de los jueces se conocerán el 10 de agosto. Tanto la defensa de Chocobar como la querella ya adelantaron que apelarán con un recurso ante la Cámara de Casación.

“Estoy tranquilo por la gente que me apoya. La Policía de la Provincia tiene unos huevos impresionantes, nada más, no voy a decir nada más”, fue lo único que dijo Chocobar al salir de Comodoro Py, ya culpable. Estaba acompañado de la ex ministra de Seguridad Patricia Bullrich, quien consideró que se trata de una condena “injusta”, y por su abogado defensor, Fernando Soto, quien fue funcionario nacional durante la gestión de Bullrich.

El veredicto se conoció este viernes por la tarde. Los jueces también condenaron J.P.R., el cómplice de Kukoc en el ataque al turista Fran Joe Wolek, atrapado días después del hecho, a nueve años de prisión por el delito de tentativa de homicidio criminis causa y tentativa de robo. En el momento del hecho el ladrón era menor, por eso este juicio fue llevado a cabo por un tribunal de menores y fue privado.

Más temprano, cerca de las 11 de este viernes, Chocobar dijo sus “últimas palabras” ante los jueces Jorge Ariel Apolo, Fernando Pisano y Adolfo Calvete: “Gracias, señores jueces, por darme esta oportunidad. Quería decirles que yo cumplí con la ley. Cumplí con mi deber. Le pido a Dios que los ilumine para que tomen la mejor decisión”. J.P.R., en cambio, prefirió el silencio.

La condena a Chocobar no dejó conforme a la querella, que había considerado que el policía cometió un homicidio agravado con abuso de funciones de policía, es decir, que había cometido una “ejecución extrajudicial” y que merecía la pena de prisión perpetua. Y tampoco a la defensa del agente, que había pedido la absolución por considerar que actuó en “legítima defensa”.

El Tribunal consideró que Chocobar no tuvo intención de matar a Kukoc y que los hechos se dieron como los interpretaron la fiscal de juicio Susana Pernas en su alegato y su colega de instrucción, Marcelo Martínez Burgos, y que habían sido ratificados por la Cámara del Crimen porteña.

“Lo más importante es que el tribunal dictó una condena. Esto quiere decir que los jueces consideraron que lo que hizo Chocobar es un crimen, que ningún policía puede hacer lo que hizo Chocobar, que eso está prohibido y es delictivo. La condena impide que Chocobar siga siendo policía, y que porte un arma, para lo cual evidentemente no estaba capacitado. Eso es una garantía y un mensaje importante para toda la sociedad. Ningún policía que mata a tiros por la espalda a una persona que huye está justificado, nadie que haga eso cumple con su deber, sino exactamente lo contrario. Y es importante decir que todo policía sabe bien esto y aclarar que la enorme mayoría de las y los policías respeta la ley en el cumplimiento cotidiano de sus tareas. En este caso no se juzgó a ‘la Policía’, sino a un funcionario concreto que abusó de su función y privó arbitrariamente de la vida a una persona. No hay que confundir las cosas”, dijo Pablo Rovatti, titular del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico de Víctimas de Delitos de la Defensoría General de la Nación y representante de la querella, en nombre de la madre de Kukoc.

“Más allá de la importancia de la condena, no estamos totalmente conformes con el fallo. No conocemos aún los fundamentos, habrá que esperar una semana, pero nos parece que la condena es demasiado leve para la enorme gravedad de la conducta que se probó en el juicio. Vamos a recurrir en Casación por la cuestión de calificación jurídica y la pena que corresponde imponerle. Pero un hay primer paso dado, Chocobar es culpable y fue condenado”, agregó Rovatti.

La secuencia que terminó con el juicio de hoy comenzó la mañana del feriado 8 de diciembre de 2017 cuando el turista estadounidense Frank Joe Wolek (57) caminaba y sacaba fotos por la zona turística de Caminito y fue abordado por Kukoc y un cómplice menor, quienes le robaron la cámara y le asestaron una decena de puñaladas en el pecho.

El turista quedó herido y, mientras pedía ayuda, los dos jóvenes asaltantes huyeron corriendo para diferentes lados. Uno logró escapar, pero Kukoc fue interceptado en el cruce de Irala y Suárez por Alexander Motta Ramírez, Enrique Ezequiel Espinosa y Jonathan Daniel Conde, quienes lo persiguieron (dos en moto y una a pie) y recuperaron la cámara y golpearon al ladrón.

Simultáneamente, Luis Oscar Chocobar salía de su casa para ir a trabajar a una dependencia de la Policía Local en Avellaneda. Vestía de civil. Vio a Wolek herido y a los vecinos correr tras Kukoc y fue hacia allí. Llegó a la esquina de Irala y Suárez y vio el forcejeo entre los vecinos y Kukoc. Gritó “alto, policía” y disparó tres veces de manera intimidatoria con su arma reglamentaria, una pistola calibre .9 Bersa “Thunder”.

Kukoc no acató la orden y salió corriendo por Irala. Chocobar lo siguió y al doblar por la esquina volvió a disparar varias veces, al menos en cuatro ocasiones. Mientras el ladrón corría recibió dos tiros a una distancia aproximada de siete metros: uno ingresó en la pierna izquierda a la altura del fémur y el otro en la cintura, del lado derecho, y salió por el pecho.

Las pericias balísticas hechas durante el juicio -que comenzó el 9 de octubre pasado- también comprobaron que los tiros rebotaron en el suelo. También se hallaron balas incrustadas en el frente de una panadería, a una altura de 1 metro y 2,40 metros respectivamente.

“Al momento en que disparé el agresor estaba corriendo, él frenó y giró hacia el lado derecho como mirándome y ahí a unos siete metros de distancia de él, disparé. Él no giró del todo, tenía los pies en una posición y girado el tronco, en esa posición es cuando disparé dos veces”, declaró Chocobar, que actualmente está en libertad, ante la Justicia.

Si bien se determinó que la bala que impactó en la zona lumbar fue producto de un rebote, no menos cierto es que las balas ingresaron al cuerpo de Kukoc por detráslo que indicaría que los disparos fueron efectuados mientras Kukoc corría de espaldas”, admitió el fiscal Martínez Burgos en el requerimiento de elevación a juicio de la instrucción, aunque también aclaró que “Chocobar tuvo la posibilidad cierta de hacerlo de manera certera para quitarle la vida a Kukoc y no lo hizo”.

El investigador se preguntó si el policía se nubló por su inexperiencia y dejó la respuesta para el juicio. En su declaración ante los jueces, Chocobar efectivamente dijo que se le “nubló” la vista después de los primeros disparos.

Pero a la vez, el fiscal Martínez Burgos remarcó que debía analizarse “si excedió o no los limites propios de dicho instituto”, en relación a su función como policía. Y agregó: “Considero que Chocobar no adoptó los recaudos que, incluso en esa situación, le eran exigibles para que su accionar resulte lo menos lesivo posible y, en consecuencia, fue más allá de la necesidad de contrarrestar el peligro creado por la presunta agresión ilegítima. Teniendo en consideración la herida mortal (…), su reacción luce desproporcionada respecto a la agresión repelida”.

Habrá que ver los argumentos de los jueces del Tribunal Oral de Menores, pero a decir de la sentencia, siguieron la línea de interpretación del Ministerio Público Fiscal.

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