Quedó detenida la acusada de atropellar y matar a una motociclista en un choque

Locales

A pedido del fiscal Cristian Aguilar, titular de la UFIJ N° 1, el juez Eugenio Casas interinamente a cargo del Juzgado de Garantías N° 1 ordenó convertir en detención la aprehensión que viene cumpliendo Angela Leguizamo por el delito de homicidio simple con dolo eventual.  


A pedido del fiscal Cristian Aguilar, titular de la UFIJ N° 1, el juez Eugenio Casas interinamente a cargo del Juzgado de Garantías N° 1 ordenó convertir en detención la aprehensión que viene cumpliendo Angela Leguizamo por el delito de homicidio simple con dolo eventual.  

Según la investigación, el hecho se produjo el 9 de marzo pasado cuando la imputada conducía una camioneta Nissan Frontier por calle Avenida Colón en sentido descendente de la numeración, violó los deberes de cuidado exigidos a la hora de conducir un vehículo por la vía pública bajo los efectos del consumo de cocaína y anfetaminas.

Además, se determinó que manejaba con exceso de velocidad a -al menos- 87,33 kilómetros por hora en una zona de 30 kilómetros por hora de velocidad máxima y sin respetar la señal del semáforo existente en la intersección con la Peatonal de Drago que le impedía el paso con la luz roja encendida.

Eso produjo que embistiera por detrás a la moto Gilera Smash que conducía Sandra Amalia Romero, quien se encontraba delante suyo en la intersección de las calles Avenida Colón y Peatonal Drago, ocasionando su muerte a causa de las lesiones sufridas.

Asimismo, se logró determinar que Leguizamo circuló con exceso de velocidad, por lo menos desde Avenida Colón al 900 hasta el lugar del impacto con la motocicleta, no respetando los semáforos de Avenida Colón y Chile, Avenida Colón y Berutti; y Avenida Colón y Darregueira.

“El hecho de conducir bajo el estado de estupefacientes, con exceso de velocidad, cruzando semáforos en rojo, por una Avenida con circulación de peatones y vehículos, resultan suficientes, para que esta reconociera seriamente que su accionar la conduciría inevitablemente a la producción del resultado, pese a lo cual Leguizamo aceptó el mismo y siguió adelante con su conducta, sin motivo fundado alguno para suponer que podría evitar dicho resultado o que el mismo no se produciría”, afirmó el juez en su resolución.

Deja un comentario