Sobre la calificación de los hechos, la magistrada explicó que los hechos deben ser encuadrados bajo la figura de abuso sexual gravemente ultrajante debido a que las circunstancias de su realización implicaron un grave sometimiento de las víctimas.
Luego de que un jurado popular declarara culpable al docente Juan Matías Bongiovanni por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda y abuso sexual gravemente ultrajante en concurso real de delitos, la jueza técnica Dra. Claudia Fortunatti lo condenó a la pena de 10 años de prisión.
Sobre la calificación de los hechos, la magistrada explicó que los hechos deben ser encuadrados bajo la figura de abuso sexual gravemente ultrajante debido a que las circunstancias de su realización implicaron un grave sometimiento de las víctimas.
Además, se dispuso la inhabilitación especial complementaria por igual período para desempeñar cargos docentes con personas menores de edad o con discapacidad y como trabajador social.
Al respecto la jueza en el fallo afirma que “Bongiovanni evidenció con su conducta criminal una inobservancia a deberes específicos de su actividad que hacen necesario privarlo de su uso hacia el futuro. Bongiovanni era profesor de Filosofía, Profesor de Religión y Trabajador social, todas estas profesiones las practicaba al momento de los hechos, y tuvieron directa relación con los sucesos abusivos, y en función de ellas se vinculó con las víctimas. Es por ello que entiendo corresponde imponer como pena complementaria de inhabilitación especial, para ejercer como docente, profesor y trabajador social”.